sábado, 11 de junio de 2016



¿ Menores con Capacidad Jurídica?


Esta reforma dará un nuevo giro en nuestro Código Civil Federal, ya que, está basado principalmente en la forma de vida que tendrán los conyugues, pensando en todas las características que involucra llevar a cabo un matrimonio o contrato como lo llamarían algunos autores, como: Rojina Villegas.
Tiene como prioridad la ayuda mutua, así, como el respeto e igualdad de derechos y deberes dentro de él, con los conyugues e los hijos, teniendo siempre en cuenta el cariño, afecto y respeto.
Es importante mencionar que en México hay una alto índice de matrimonios que son de menores los cuales por falta de madures terminan o se disuelven al poco tiempo de haberse celebrado, llevando este, a un procedimiento no muy gustoso principalmente por los hijos que se tuvieron durante el tiempo que la pareja vivió en familia.
Considero que es una decisión tenas, es común en estos tiempos ver adolescentes embarazadas en las calles haciendo algún tipo de actividad con sus pequeños, en lugar de encontrarse en la escuela, estudiando por un mejor porvenir y realización personal o profesional. Constantemente este tipo de parejas adolescentes no tuvieron los cuidados necesarios para evitar este tipo de situación, por lo que en la mayoría el hombre es el que abandona a la mujer, quedando esta, como tutora del o la menor.
Es por ello que aparte de incrementar la edad para contraer matrimonio también se llegó al acuerdo de los requisitos que serán solicitados para contraerlo, esto como medida de seguridad y aseguramiento, algunos de los jóvenes que lo solicitan tienen una madurez física que no es de acuerdo a su edad, es decir; aparentan una edad más grande de acuerdo a los años que se tiene en realidad o viceversa. Es como la frase que escucho comúnmente que hace un niño cuidando a otro niño, las parejas que tienden a tener hijos a una edad prematura tienden a perderse de muchas cosas que son comunes a su edad, por ejemplo salir con la familia, amigos, el que se haya aprobado el límite de edad para contraer matrimonio no quiere decir que vaya a funcionar y ser duradero, pero sí que se tenga una mejor madurez para pensar las cosas y enfrentar de una manera distinta las situaciones que se presentan.
Como lo mencione anteriormente, es por ello que se pronunció a favor que la mayoría de edad para contraer matrimonio fuera a los 18 años de edad tomada con conciencia y asumiendo las consecuencias derechos y obligaciones que se adquieren al realizar el mismo.
Ubiquemos en el Código Civil de nuestra entidad, lo que estipula sobre la edad mínima requerida para contraer matrimonio.
En el estado de México la edad mínima que estipula el código civil se encuentra en:
  •  Libro Cuarto
  • Del Derecho Familiar
  • Titulo Primero 
  • De la Familia y el Matrimonio
  • Capitulo I
  • De la Familia 
 Edad para contraer matrimonio.
 Artículo 4.4.Para contraer matrimonio, la mujer y el hombre necesitan haber cumplido dieciocho años.












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